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El uso de WhatsApp en la Administración Pública

¿Pueden utilizar el WhatsApp las Administraciones Públicas? Whatsapp és un medio de comunicación muy extendido. De todos los sistemas similares existentes, es el que cada día se usa más. Así pues, no es de extrañar que su empleo haya llegado también a las Administraciones Públicas para comunicarse con los ciudadanos de manera directa, ya que permite una respuesta inmediata redundando en un servicio y asistencia más rápidos y eficaces y, por lo tanto, mejora la gestión de la atención ciudadana.

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¿Cómo usar WhatsApp en una Administración Pública?

color:#555555">También se puede usar para cumplir con la obligación legal de practicar el aviso de puesta a disposición de las notificaciones. No así para la práctica de éstas ya que no cumpliría con los requisitos legales que se exigen para las notificaciones.

Ahora bien, no todo es tan fácil. Hay que tener cuidado con el uso de WhatsApp color:#555555"> porqué también puede conllevar riesgos.

El primero y más importante, no tiene que ver con la aplicación. Se podría decir que son los propios usuarios ya que pueden producirse errores de envío a destinatarios incorrectos o a grupos equivocados.

Además, existen riesgos que escapan de nuestro control en el caso de los grupos, donde se pueden producir filtraciones de información. Una vez mandamos los mensajes, éstos escapan de nuestro control. No sabemos lo que los demás usuarios pueden hacer con ellos y podrían ser reenviados acabando no sabemos dónde.

Por lo tanto, hay que tener cuidado con la creación de grupos. Si bien, WhatsApp puede ser una herramienta que permita coordinar proyectos, dinamizar grupos e incluso fomentar la cohesión interna, hay que tener cuidado en quién se incluye en los grupos y los mensajes que se mandan, pues determinados mensajes podrían llegar a ser constitutivos de delito (pensemos por ejemplo en insultos o instigar a otros miembros del grupo contra alguien, esto podría constituir un delito de odio). Podríamos pensar que al tratarse de un grupo de WhatsApp queda todo amparado bajo la esfera del derecho a la privacidad, pero ¿Hasta qué punto puede considerarse privado un grupo en el que hay un número elevado de personas algunas de las cuales quizás ni siquiera conocemos su identidad?

También debe ponerse especial atención a la revelación de los datos de contacto de los usuarios, pues al crear un grupo, se muestran los teléfonos de todos sus miembros y los datos asociados (como foto de perfil o estado) y si no contamos con el consentimiento del afectado para ello, puede conllevar problemas. De hecho ya ha habido denuncias y pronunciamientos al respecto por parte de la Agencia Española de Protección de Datos

Así pues, cuidado con el uso de WhatsApp color:#555555">. Hay que asegurarse de disponer del consentimiento del interesado o bien, buscar una alternativa para la gestión de grupos.

¿Has tenido alguna experiencia similar? ¿Utilizas algún sistema alternativo para garantizar la privacidad de los datos?

Si tienes dudas o quieres hacernos algún comentario, puedes ponerte en contacto

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