Administración electrónica

Teletrabajo, el futuro de la Administración Electrónica

El teletrabajo ha cambiado la forma de trabajar a nivel mundial Hoy en día nadie tiene duda de que el teletrabajo es un pilar fundamental en nuestra sociedad y, aunque su implantación no ha llegado del modo más óptimo (es decir, con una correcta planificación, con formación previa y con recursos suficientes), no cabe duda que ha venido para quedarse tanto en las Administraciones Públicas como en el sector privado. A pesar que su instauración se ha dado por obligación o mejor dicho, por necesidad, debido a la situación de pandemia, en la actualidad el teletrabajo ya ha quedado instaurado y ha sido objeto de regulación con la voluntad de dotar de un marco jurídico que dé un poco de luz a las normas de juego y dote de cierta seguridad jurídica.  

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Regulación del teletrabajo para las Administraciones Públicas

Se debe decir que ya existía una regulación anterior que habilitaba el teletrabajo como:

  • El Acuerdo marco Europeo sobre Teletrabajo, firmado el 16 de julio de 2002 en Bruselas.
  • Y el propio Estatuto de los Trabajadores, que se refería al trabajo a distancia (aunque solamente aplicable al personal laboral).
  • También la ya derogada Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, recogía una «habilitación para la regulación del teletrabajo» en su disposición final sexta.

Sin embargo, hasta la fecha no había habido una implantación generalizada como la actual en el ámbito de las Administraciones Públicas. A diferencia de la empresa privada, donde se ha invertido mucho más en este factor.

Así pues, a pesar de existir un marco jurídico para ello, las Administraciones Públicas en general (ya que hay algunas excepciones) no han ido avanzando en este terreno de una manera gradual y planificada por lo que ante la situación actual han tenido que adoptar medidas deprisa y casi sin planificación.

Ahora, con el Real Decreto-ley 29/2020, de 29 de septiembre, de medidas urgentes en materia de teletrabajo en las administraciones públicas y de recursos humanos en el sistema nacional de salud para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, se modifica el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), introduciendo el nuevo artículo 47 bis que establece una regulación mínima del teletrabajo.

Por lo tanto, el teletrabajo es el futuro, igual que lo es la Administración Electrónica. Por ello, es necesario planificar en las instituciones no solamente un plan de implantación (recursos, tiempos y herramientas) sino también un plan de gestión del cambio. Se debe proporcionar a los usuarios los conocimientos necesarios y, sobre todo, vencer las reticencias culturales que pueda haber en relación a esta modalidad de trabajo.

Las herramientas de Administración Electrónica facilitan el teletrabajo en las Administraciones Públicas 

Si te preguntas qué herramientas pueden facilitar el teletrabajo a las Administraciones Públicas o cómo se pueden evitar hackeos y mantener un buen protocolo de ciberseguridad ejerciendo teletrabajo, te recomendamos que leas el post que escribimos cuando se inició la revolución del teletrabajo a causa de la crisis sanitaria, “Teletrabajo en eCityclic por el Covid-19”.

Aunque ya te adelantamos que todas las soluciones de Administración Electrónica que ofrecemos en la Suite de eCityclic, como el Gestor de Expedientes, el PAM, la Sede Electrónica, el Portal de Transparencia y el Portal de Datos Abiertos, entre muchas otras, están pensadas y diseñadas para ser accesibles desde cualquier lugar y dispositivo, por tanto, facilitan la movilidad y el teletrabajo a los empleados de las Administraciones Públicas. En esta rueda de la derecha verás de un vistazo todas las soluciones que forman la Suite de Administración Electrónica de eCityclic by SEMIC. 

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